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 Estado de Illinois 
 
 Departamento de Seguridad Laboral 
 
 Lo que todos los trabajadores 

 deberían saber sobre seguro de 

 desempleo 
 
                                   Aviso a Empleadores 

                    Cuando los trabajadores son  despedidos por  un 
                    período mayor de siete días o son separados de la 
                    nómina por cualquier  motivo, los empleadores 
                    tienen la obligación de entregarles una copia de 
                    esta publicación. Si no resulta práctico entregar 
                    copias en el lugar de trabajo, la publicación deberá 
                    ser enviada por correo al último domicilio conocido 
                    de los empleados dentro de los cinco días corridos 
                    de la separación. Ingrese el nombre y domicilio de 
                    la empresa en el siguiente espacio: 




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 El Departamento de Seguridad Laboral de Illinois (IDES) administra el programa de seguro de desempleo en el 
 Estado de Illinois. Usted tiene derecho a recibir beneficios de desempleo mientras esté desempleado si cumple 
 con los requisitos legales. Los beneficios son financiados por los impuestos de nómina del empleador, no a través 
 de ninguna deducción de su salario. 

 ¿Quién califica para el seguro de desempleo? 
 1. Para calificar, usted debe haber ganado un mínimo de 1600 USD durante un período reciente de 12 meses 
    (conocido como el período base) y un mínimo de 440 USD fuera del trimestre del período base en el que 
    tuvo la máxima cantidad de ingresos. Si usted no califica con el período base estándar, el IDES podrá 
    utilizar los cuatro trimestres completos más recientes como período base alternativo. 
 
          Si su beneficio comienza:         Su Período Base será:         Su Período Base Alternativo será: 

       Entre el 1 de enero y el 31 de Del 1 de enero al 30 de septiembre  Del 1 de enero al 31 de diciembre 
       marzo de este año              del año pasado, y del 1 de octubre  del año pasado 
                                      al 31 de diciembre del año anterior 
       Entre el 1 de abril y el 30 de Del 1 de enero al 31 de diciembre   Del 1 de abril al 31 de diciembre 
       junio de este año              del año pasado                      del año pasado, y del 1 de enero al 
                                                                          31 de marzo de este año 
       Entre el 1 de julio y el 30 de Del 1 de abril al 31 de diciembre   Del 1 de julio al 31 de diciembre 
       septiembre de este año         del año pasado, y del 1 de enero al  del año pasado, y del 1 de enero al 
                                      31 de marzo de este año             30 de junio de este año 
       Entre el 1 de octubre y el 31 de  Del 1 de julio al 31 de diciembre del Del 1 de octubre al 31 de diciembre 
       diciembre de este año          año pasado, y del 1 de enero al 30  del año pasado y del 1 de enero al 
                                      de junio de este año                30 de septiembre de este año 
 
    Si a usted le otorgaron beneficios temporarios de discapacidad total de conformidad con la ley de accidentes 
    de trabajo u otras leyes similares, o si usted solo trabajó durante los últimos meses, su período base se 
    determinará de manera diferente. 
 
 2. Su empleador debe estar sujeto a la ley de seguro de desempleo del Estado. Entre los tipos de trabajos no 
    cubiertos se encuentran ciertos trabajos agrícolas, domésticos, ferroviarios y gubernamentales, y ciertos 
    trabajos realizados para la propia familia y por comisión. 
 
 3. Usted debe estar completamente sin trabajo, o trabajar menos que a tiempo completo porque no hay trabajo a 
    tiempo completo disponible. Sus ingresos deben estar por debajo de cierto umbral determinado en el 
    momento en que usted presenta su reclamo. 
 
 4. Su desempleo no debe ser voluntario. Usted podrá ser descalificado en los siguientes casos: 
    a. Renuncia voluntaria al empleo sin justa causa atribuible a su empleador; 
    b. Despido por mala conducta en relación con su trabajo; 
    c. Despido por un delito o robo en relación con su trabajo; o 
    d. Estar sin trabajo debido a una disputa laboral. 



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  5. Usted debe estar apto y disponible para trabajar. Los beneficios no se pagan por cualquier período en el que 
     usted esté de vacaciones, cuando su ocupación principal sea ser estudiante (podrá cumplir los requisitos para 
     asistir a un curso de capacitación aprobado por el director del IDES) o mientras participa de otra actividad 
     que hace que no esté disponible para trabajar. Los beneficios no se pagan por cualquier día o días en los 
     cuales usted no está apto para trabajar debido a enfermedad, discapacidad, responsabilidades familiares, 
     falta de transporte, etc. 
 
  6. Usted debe estar en búsqueda laboral activa y  dispuesto a aceptar cualquier trabajo adecuado  que le 
     ofrezcan. Usted debe mantener un registro de sus actividades de búsqueda laboral durante cada semana 
     por la cual usted reclama beneficios. Si su cumplimiento de requisitos resulta cuestionado, es posible que 
     le exijan la presentación de ese documento. 

 Requisito de inscripción en el Servicio de Empleo de Illinois: 
 Usted debe completar la inscripción en el Servicio de Empleo de Illinois en IllinoisJobLink.com antes de 
 poder recibir el pago de los beneficios del seguro de desempleo. Una vez que complete su inscripción en 
 IllinoisJobLink.com, usted puede crear una hoja de vida y buscar trabajo. 

 Información necesaria para solicitar beneficios: 
 •   Su número del Seguro Social y su Nombre, tal como aparece en su tarjeta del Seguro Social; 

 •   Su Licencia de Conducir e Identificación del Estado (esto indicará su peso, que es obligatorio para hacer la 
     presentación); 

 •   Si usted indica a su cónyuge o hijo/a como familiares a cargo, indique el número del Seguro Social, la 
     fecha de nacimiento y el nombre de los familiares a cargo; 

 •   Nombre, domicilio postal, teléfono, fechas de empleo y motivo de la desvinculación de todos los 
     empleadores para los que trabajó durante los últimos 18 meses; 

     ° Es posible que sea necesario presentar los registros salariales (formulario W-2, talones de pago, etc.) de 
     estos empleadores. 

 •   Si usted trabajó desde el domingo de esta semana, el salario bruto ganado esta semana; 
     ° Usted debe informar todos los salarios brutos de cualquier trabajo realizado, a tiempo completo o tiempo 
     parcial; 
     ° El salario bruto se refiere al monto total ganado antes de las deducciones, no “el salario de bolsillo”, 
       incluyendo el salario en forma de alojamiento, comidas, mercaderías y cualquier otra forma; 
     ° Los salarios brutos deben informarse en la semana en que se ganaron, no en la semana en la que recibió 
       el pago de dichos salarios; 
     ° Si los salarios brutos ganados en cualquier semana son menores al monto de su beneficio seminal, tal 
       vez cumpla los requisitos para recibir un pago de beneficio total o parcial); 

 •   Registros de cualquier pago de pensión que reciba (no incluye Seguridad Social); 

 •   Si usted no es ciudadano estadounidense, su Información de Registro de Extranjeros; 

 •   Si usted es un veterano de reciente separación, la Copia 4 de Miembro del Formulario DD 214 / 215; 

     ° Se aceptan otras copias del formulario DD 214 / 215, pero la Copia 4 de Miembro es la que está más 
     comúnmente disponible. 

 •   Si usted es separado de su trabajo como empleado civil del gobierno federal, copias de su Formulario 
     Estándar 8 y el Formulario de Acción de Personal 50. 



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 ¿Cuándo y dónde hacer la presentación?: 
 
 Presente su reclamo de beneficios del seguro de desempleo durante la primera semana posterior a quedar 
 desempleado. Le recomendamos solicitar los beneficios en línea en ides.illinois.gov, o podrá hacer la 
 presentación en forma personal en la oficina local del IDES. 
  
 Consulte nuestra página web para conocer la ubicación de las oficinas. 
 
 Revise el Manual de beneficios del seguro de desempleo para conocer requisitos adicionales y obtener 
 información detallada. Esta y otras publicaciones están disponibles en línea en ides.illinois.gov. 
 
 Si tiene alguna pregunta adicional, llame aServicios de Solicitantes del IDES al(800) 244-5631                             o 
 TTY: (866) 488-4016. 
 
 La ley indica condenas a prisión y multas si usted intenta obtener beneficios de manera fraudulenta mediante el 
 ocultamiento de información pertinente o haciendo declaraciones falsas con su reclamo. 
 
 IDES es un empleador que brinda igualdad de oportunidades de empleo y cumple con todas las leyes estatales y federales contra la discriminación en la administración 
 de sus programas. Ofrecemos servicios y ayudas auxiliares a solicitud de los individuos con discapacidades. Comuníquese con el gerente de la oficina del IDES más 
 cercana a su domicilio o con el Funcionario de Igualdad de Oportunidades del IDES al (312) 793-9290 o TTY: (888) 340-1007. 
 
 Nota:  la información que contiene este  folleto está  sujeta a cambios  en cualquier  momento.  Para  obtener  la última información, visite  la página web  del  IDES  en 
 www.ides.illinois.gov. 
 
                                     Impreso bajo la Autoridad del Estado de Illinois 






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